El Congreso pide al Gobierno que regule la actividad de los prestamistas

25 nov 2017 0 comentarios

El Congreso de los Diputados ha aprobado este martes una proposición no de ley del Grupo Popular en la que insta al Gobierno al regular la actividad de préstamos concedidos por entidades no supervisadas. 

La iniciativa, aprobada por 248 votos a favor, ninguno en contra y 85 abstenciones, recuerda que estos prestamistas privados "en la actualidad no son entidades financieras y, por tanto, no están supervisadas por el Banco de España ni por la CNMV" y se caracterizan "por un elevado coste de la financiación que ofrecen a sus clientes".

Por ello, reclama al ejecutivo que establezca "una nueva regulación que refuerce la protección de los usuarios de servicios financieros prestados por entidades no supervisadas por ningún organismo oficial", con el objetivo de "evitar que se produzcan situaciones abusivas o de usura como consecuencia de la propia necesidad del prestatario".
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El prestamista Arroyo sale de prisión con cargos

7 oct 2017 0 comentarios

Antonio Arroyo Arroyo, presuntamente el mayor estafador hipotecario de España, ha sido puesto en libertad. El prestamista que más denuncias acumula en nuestro país estaba en prisión provisional desde mayo por su implicación otra trama, de cursos con falsos alumnos para cobrar subvenciones. 

Al parecer, el pasado 13 de septiembre salió de la cárcel de Soto del Real, posiblemente tras proceder al pago de fianza.

En los últimos meses había declarado por videoconferencia desde prisión en varios de los procedimientos que tiene abiertos, pero el 26 de septiembre ya acudió personalmente a los Juzgados de Primera Instancia en la calle María de Molina de Madrid. Allí declaró como testigo en un procedimiento hipotecario que se sigue en Madrid a instancia de uno de los que él llama "inversores" (personas y empresas que compran sus créditos para ejecutarlos, desalojar a las familias y quedarse con sus viviendas). 
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El Juzgado de Instrucción 3 procesa a Arroyo por estafar a 10 familias

2 jun 2017 0 comentarios

Publicado en La Vanguardia, 31.05.2017

PROCESADO EL PRESTAMISTA ANTONIO ARROYO POR DIEZ DELITOS DE ESTAFA

Madrid. Efe.

La titular del juzgado de instrucción número 3 de Madrid ha procesado al conocido prestamista Antonio Arroyo Arroyo y dos de sus colaboradoras por diez delitos de estafa y falsedad documental cometidos en operaciones de préstamo con el aval de las viviendas de los propietarios. 

Tras concluir la instrucción del caso, la jueza ordena continuar procedimiento abreviado y, por tanto, procesar a Arroyo, al acreditar la versión de los denunciantes de que "en ningún momento" fueron conscientes ni nadie les explicó cuando firmaron las letras que podían perder la vivienda con la que garantizaban el préstamo si no conseguían afrontar la deuda contraída que vencía además en pocos meses. 

Además, la jueza subraya que los investigados podrían haber presentado documentos falsos para persuadir a las víctimas de las ventajas de la operación, así como el hecho de que en la mayoría de los casos hacían constar en las escrituras que entregaban a los prestatarios una cantidad económica superior a la realmente recibida. 

Junto con Arroyo, y dos de sus colaborados, María del Carmen Camblor Esteban y María Antonia Muñoz Jiménez, el auto también procesa a Jorge Cabrera Checa, por una de las denuncias, en tanto que se acuerda el archivo de distintas denuncias contra otras personas al acreditar las letras aceptadas por los denunciantes y notarios. 

El auto de la jueza, que puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial, será trasladado a las partes para que fijen sus conclusiones y soliciten penas, antes de que se dicte apertura de juicio oral.
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El prestamista Antonio Arroyo ya está entre rejas

29 may 2017 0 comentarios

El conocido prestamista Antonio Arroyo Arroyo, investigado por varios juzgados por presuntas estafas hipotecarias, ingresó el viernes en la cárcel madrileña de Soto del Real, donde permanece en prisión preventiva.
 
Arroyo fue detenido el miércoles  24 por otro presunto fraude, éste vinculado con cursos de formación y el viernes pasó a disposición judicial, decretando el instructor de la causa su ingreso en prisión.
 
Hoy lunes a las 11 h. tendría que haber declarado ante el Juzgado de Instrucción nº 8 de Madrid, en la causa de Pilar, una de sus numerosas afectadas, cuya causa fue inicialmente archivada y luego reabierta por orden de la Audiencia Provincial de Madrid. El interrogatorio ha sido suspendido, ante la imposibilidad de asistencia del recluso. En breve se fijará nueva fecha, en la que, si continúa en prisión, se dispondrá su traslado desde Soto del Real a los Juzgados de Plaza de Castilla.

Alberche Abogados representa a un amplio número de afectados por las presuntas estafas en préstamos hipotecarios del controvertido usurero, bajo la dirección letrada de Carlos J. Galán.

A pesar de que el  ingreso en prisión se haya producido como consecuencia de otra de sus actividades delictivas y no por las estafas en préstamos hipotecarios, es, sin duda, una buena noticia para las víctimas -en su mayoría agrupadas en la asociación Stop Estafadores-, y para los profesionales que las defendemos. 
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Arroyo, detenido por otro presunto fraude con cursos de formación

26 may 2017 0 comentarios

Publicado por El Confidencial, 24.05.2017

LA UDEF DETIENE A ANERI Y AL MAYOR ESTAFADOR HIPOTECARIO DE ESPAÑA POR UN MACROFRAUDE

La policía ha lanzado una operación a primera hora de este miércoles contra una trama que lideraban el empresario José Luis Aneri, el prestamista Antonio Arroyo y el asesor Iván Losada

José María Olmo

La Policía Nacional ha lanzado a primera hora de este miércoles una operación para desarticular un grupo criminal que desvió ayudas públicas para la formación de trabajadores en paro. El presunto cabecilla de la red es José Luis Aneri, un viejo conocido de las Fuerzas de Seguridad, que ya fue arrestado en febrero de 2014 por apropiarse de 4,4 millones de euros de subvenciones para cursos. Agentes de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía han vuelto a detenerlo esta mañana en su vivienda del distrito madrileño de Tetuán por haber montado otra red de empresas con el mismo objetivo, según han confirmado a El Confidencial fuentes próximas al caso. 

Los investigadores tienen órdenes de detención contra más de una quincena de implicados. Entre ellos también se encuentra Antonio Arroyo, uno de los mayores prestamistas hipotecarios de España y acusado repetidamente de estafa por exigir intereses impagables que luego salda quedándose con las viviendas de los afectados. Con ese método, Arroyo ha acumulado un patrimonio de 520 inmuebles repartidos por el territorio nacional. Según fuentes cercanas a las pesquisas, se habría asociado con Aneri para constituir un entramado mercantil con el que pretendían captar más de 12 millones de euros de fondos para la lucha contra el desempleo. 

El dispositivo de la UDEF, que ha recibido el nombre de operación Rosario, también afecta a Iván Losada, el ex director general de Viajes Marsans que se concertó con el antiguo dueño de la compañía, el expresidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán, para vaciar los activos de la firma vacacional y ocultarlos en sociedades controladas por testaferros. Losada ya ha sido condenado en dos ocasiones por su participación en ese caso. Los expertos en delitos económicos de la policía lo ubican ahora, junto a su socio Andrés Martínez López, en el diseño de una red societaria liderada por Aneri para la captación de subvenciones y la ocultación de patrimonio, según ha podido confirmar El Confidencial. 

El presunto cerebro de la red también había recurrido presuntamente a ciudadanos brasileños y rumanos para constituir todo un conglomerado empresarial con el que ya había empezado a solicitar nuevas ayudas para la formación de parados. Entre las empresas de Aneri a nombre de terceras personas que han sido investigadas, se encuentran Chango Business SL, Sirrah Andomeda SL, Beta Arae SL, Alpha Antiliae SL, Cor Caroli Big SL, Acturus Bootes SL, Mercean 47 SL, Foz Grupo Consultores SL, Grupo EOOC 2015 SL, Octopuss Global SL, Eleggua World SL, Atlacast Brasil SL, Tricordoba SL, Complex Spain SL, Astral Desarrollos, Castellana 2016 SL, Colateral Develops SL, Pangea World SL, Auditoría Formativa SL, Centro de Formación Innovación y Desarrollo Empresarial Grand Vol SL, Cervecerías Novísimas SL, Hostelera Rumano Española SL y Alianza Hostelera para Madrid SL, entre otras mercantiles.
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La noticia en otros medios:

- Agencia Efe, 24.05.2017
- Europa Press, 24.05.2017
- El País, 26.05.2017
- El Mundo, 24.05.2017
- ABC, 24.05.2017
- 20 minutos, 24.05.2017
- El Español, 24.05.2017
- El Diario, 24.05.2017
- Info Libre, 24.05.2017
- Voz Populi, 24.05.2017
- El Boletín, 29.05.2017
- El Distrito, 24.05.2017
- Confilegal, 24.05.2017
- Madridiario, 24.05.2017
- Crónica Madrid, 24.05.2017
- TVE, 24.05.2017
- La Sexta, 24.05.2017


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En La mañana de TVE: aplazado desahucio instado por prestamista

30 abr 2017 0 comentarios

La Mañana, el programa que presenta María Casado en La 1, siguió en directo el 28 de abril de 2017 el desahucio -finalmente suspendido- de Francisca y Fabián, víctimas del conocido prestamista Antonio Arroyo Arroyo.

El matinal de TVE contó con la presencia en plató de otro de los afectados de esta trama, Miguel Ángel, junto al letrado Carlos Javier Galán, de Alberche Abogados.

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Arroyo pacta con su víctima una falsa prescripción

28 abr 2017 0 comentarios

Publicado en El País, 26.04.17

EL PRESTAMISTA ANTONIO ARROYO, ABSUELTO DE ESTAFA POR PRESCRIPCIÓN DEL DELITO

Amara Santos

Antonio Arroyo, calificado por la Policía como "uno de los mayores estafadores de España", ha sido absuelto este miércoles del delito que se le imputaba por la Audiencia Provincial. Estaba acusado de un delito de estafa por un préstamo de 6.000 euros que concedió en 2009 y que la víctima, María Pilar N.P, no denunció hasta 2013. El abogado del acusado alegó que "el plazo de prescripción del delito está sobradamente consumado", porque transcurrieron más de tres años desde la concesión del préstamo hasta la denuncia. La fiscal se unió a la solicitud de absolución por parte de la defensa y retiró los cargos. Arroyo tiene 216 propiedades a su nombre y 312 de un entramado empresarial propio. Además, ha concedido más de 500 préstamos hipotecarios y tiene abiertas alrededor de 50 denuncias por estafa. 

La breve sesión celebrada esta mañana en la Audiencia Provincial estaba orientada a juzgar unos hechos ocurridos en 2009. El 5 de noviembre de ese año Arroyo entregó 6.000 euros en préstamos a María Pilar N. P, y le hizo firmar varias letras de cambio por valor de 9.000 euros. Esto se hizo supuestamente por si en algún momento la mujer no pudiera afrontar las mensualidades correspondientes al pago del crédito. 

Según la fiscalía, las letras estaban garantizadas con una hipoteca cambiaria sobre una finca propiedad de la denunciante. Arroyo llegó a asegurar a María Pilar N.P que sólo tendría que pagar 6.000 euros en mensualidades además de los intereses correspondientes. Pasados unos meses Arroyo no volvió a comunicarse con la denunciante para que ella pagara las mensualidades. Debido a eso, la mujer no pudo abonar el dinero y la pareja de Arroyo (a quien éste le endosó previamente la letra de cambio de la denunciante por 9.000 euros) interpuso una demanda contra ella en 2013 para la ejecución hipotecaria contra ella por impago. 

A su vez, en marzo de 2013, Arroyo otorgó la cesión del crédito hipotecario de la finca de la perjudicada a la entidad Irisan Financiaciones S. L. (de la que es administrador único), para cobrar la letra de cambio de 9.000 euros. 

Cuando la jueza ordenó el fin de la sesión, se produjeron momentos de tensión e incluso cruces de insultos entre Arroyo y algunos de los afectados por sus acciones fraudulentas. "¡Corred borregos!", dijo Arroyo a los presentes a la salida del juicio con actitud chulesca. "¡Estafador!", le gritó una mujer, a lo que el contestó acusándola de alcohólica. Fuera de la Audiencia Provincial, hubo gran expectación a la salida de Antonio Arroyo. El prestamista fue perseguido por la prensa durante varios metros y fue increpado por algunos de los afectados por sus préstamos. "¡Vas a caer cabrón, usurero!" le gritaron algunos de los presentes. 

"¡Vas a echar de su casa a mi madre de 85 años!", protestó José Fabián Clemente. Su madre es una mujer de edad avanzada, tiene un 84% de discapacidad y padece Alzheimer. A Clemente le van a desahuciar este viernes de la casa donde vive con su progenitora, su mujer y sus hijos debido a que Arroyo presuntamente les estafó. La familia ya consiguió evitar un primer intento de desahucio el mes pasado. "Quise abrir un bar con el dinero que pedí de préstamos pero lo cerré porque no recibí toda la cuantía. Arroyo me dio 20.000 euros como préstamo puente y me dijo que a la semana siguiente me iban a dar los otros 30.000 y nunca llegaron", explicó. 

Clemente declaró que el notario no le leyó el préstamo hipotecario. "Nosotros pensamos que a los seis meses de firmar empezaríamos a pagar cómodamente pero no fue así. Este hombre desapareció y le vendió la letra cambiaria a una segunda persona, y este a un despacho de abogados que fueron los que la ejecutaron", aseguró. Clemente aclaró que cuando se ejecutó la letra cambiaria ya tenía que pagar 51.000 euros de intereses. 

El afectado afirmó que se esperaban lo que sucedió esta mañana en el juicio, "porque no es la primera vez que Arroyo compra a alguien, le amenaza o se libra con alguna de las suyas". Además, aseguró que el prestamista ha perjudicado a más de 1.500 familias y dijo que si les desahucian no les queda otra alternativa que vivir en la calle. "Ya no es lo que valga la casa en sí, nosotros valoramos todos los sentimientos que tiene esa casa para nosotros. No vemos solo dinero como hace este señor que solo quiere euros y quitarle todo a la gente", concluyó.
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La noticia en otros medios:

- El Mundo, 26.04.2017
- La Vanguardia, 26.04.2017
- El Periódico, 26.04.2017
- Interviú, 26.04.2017
- Cuatro, 26.04.2017
- Telemadrid, 26.04.2017
- Cadena Ser, 26.04.2017


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Primer juicio por estafa al prestamista Antonio Arroyo

22 abr 2017 0 comentarios

Publicado en El País, 21.04.2017

LA FISCALÍA PIDE TRES AÑOS DE CÁRCEL PARA "EL MAYOR ESTAFADOR HIPOTECARIO DE ESPAÑA"

El ministerio público acusa a Antonio Arroyo de intentar quedarse mediante engaño con un piso por un préstamo de 6.000 euros

Antonia Laborde. Madrid.

Antonio Arroyo es prestamista, aunque la Policía lo califica directamente como el mayor "estafador hipotecario de España". El próximo miércoles comenzará un juicio contra él por la supuesta comisión de un delito de estafa. La Fiscalía le solicita una pena de tres años de cárcel y una indemnización de 12.000 euros para su víctima. Arroyo, que ha sido detenido en tres ocasiones y aparece también en los papeles de la Operación Púnica por su relación con el empresario David Marjaliza, tiene varios frentes judiciales abiertos. 

María Pilar N. P. le pidió un préstamo hipotecario por 6.000 euros en noviembre de 2009. Según el informe de calificación provisional del ministerio público, el acusado, con el ánimo de obtener un beneficio patrimonial, le hizo firmar dos letras de cambio, cada una de ellas de 9.000 euros, por si la mujer no pudiese hacer frente a las mensualidades correspondientes del crédito. Dichas letras estaban garantizadas con la hipoteca de una casa de la calle Riazar, en Miraflores de la Sierra (Madrid), propiedad de la víctima. 

Cuando María Pilar N. P. mostró su inquietud por las dos letras, Arroyo le dijo: “No te preocupes, eso no lo tendrás que pagar, es un mero trámite. Tú solo tendrás que abonar 6.000 euros en mensualidades, más los intereses correspondientes”. Además, le añadió que esperase tres o cuatro meses para empezar a devolver el crédito. 

Después de eso, Arroyo desapareció. El acusado hizo caso omiso de la llamadas y los diversos ‘burofaxes’ remitidos por la mujer, que pretendía pagar las mensualidades, tal y como se había acordado, pero le resultó imposible contactar con él. 

Como consecuencia del impago, pese a la voluntad y la insistencia de la perjudicada en cumplir su compromiso notarial, le llegó una demanda. Arroyo le endosó a Rebeca Pacheco, su pareja, una de las letras de cambio por importe de 9.000 euros. Esta mujer interpuso el 13 de octubre de 2010 una demanda para la ejecución hipotecaria contra María Pilar N. P. por impago. Esta acción judicial dio origen a un procedimiento tramitado en el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Colmenar Viejo (Madrid), donde se realizó la ejecución. La estafada tuvo que abonar la cantidad de 9.000 euros para evitar el embargo de la vivienda de su propiedad. 

El 6 de marzo de 2013, el acusado otorgó bajo escritura notarial, la cesión del crédito hipotecario constituido sobre la finca de la perjudicada a la entidad Irisan Financiaciones S. L., de la que era él mismo el único administrador. Utilizó la otra letra de 9.000 euros que le quedaba. 

Antonio Arroyo ya fue detenido en febrero de 2016 como máximo responsable de una organización dedicada a engañar a personas con problemas financieros y escasos conocimientos para adquirir préstamos con intereses abusivos, de modo que contraían "enormes deudas" que no podían pagar.
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La noticia en otros medios: 

- Europa Press, 21.04.2017.
- El Periódico, 21.04.2017
- El Día, 21.04.2017
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En Sin Filtros, suspendido desahucio instado por prestamista

7 abr 2017 0 comentarios

Reportaje de Sin Filtros.com, 29.03.2017

DESAHUCIO INMINENTE: ¿QUÉ HARÍAS TÚ ANTES DE QUE TE ECHEN DE TU CASA?

Acompañamos a una familia en las horas previas al intento de desahucio de su casa del barrio de Tetuán. Tienen que irse después de haber recibido un préstamo de Antonio Arroyo, considerado uno de los mayores usureros de España.

Reportero: Leo Álvarez
Imagen: Íñigo Aramburu
Montaje: David Santamaría
Producción: Jéssica Cabrera

Cinco años después de que su vida se cruzara con la del prestamista Antonio Arroyo, Fabián se ha quedado sin casa. Pidió 50.000 euros al presunto usurero para montar un bar. Sólo recibió 20.000. Después su deuda fue vendida a terceras personas y la casa salió a subasta, relata ante nuestras cámaras. Ahora el desahucio es inminente.

Antonio Arroyo ha sido denunciado por decenas de familias, acusado de presunta estafa. Tiene varias causas abiertas en los juzgados y tal y como aseguran en la Asociación Stop Estafadores, que se encarga de dar apoyo a los afectados, podrían ser miles las familias que habrían firmado créditos abusivos. 

Sin Filtros es testigo de cómo se vive un desahucio desde dentro, acompañando a Fabián y a su familia en los momentos de nervios, tensión e impotencia, previos a la llegada de la comisión judicial, la policía, los servicios sociales y el nuevo propietario, que se ha adjudicado la vivienda en subasta. 

Pero Fabián no está solo. Vecinos del barrio pertenecientes a varias plataformas antidesahucios también le apoyan. No van a permitir que Francisca, gravemente enferma y con una discapacidad del 84 por ciento, salga de su casa.

(Video completo aquí).
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Aplazado en Tetuan otro desahucio instado por prestamista

23 mar 2017 0 comentarios

Hoy jueves 23 de marzo era el día fijado para que la Comisión Judicial desalojara de su vivienda a Francisca, una mujer de 83 años con un 84 % de discapacidad, junto a su hijo Fabián y su nieto, a instancia de uno de los ejecutores de la trama Arroyo. 

La familia solicitó en su día 20.000 euros que le prometieron que sería un préstamo puente que luego se refinanciaría por cauce bancario para pagar en cómodos plazos. Lo que firmó, sin ser consciente de ello, es recibir 37.000 euros -que no le fueron entregados-, cuya totalidad debía devolver en sólo seis meses. Habían caído en las redes del conocido prestamista Antonio Arroyo Arroyo.

En su día el hijo, apoyado por la plataforma Stop Estafadores, fue conociendo el alcance de la trama y comenzó a reaccionar frente a esta operación fraudulenta.

En primer lugar, presentó denuncia por estafa, que fue sobreseída provisionalmente porque el Juzgado de Instrucción nº 53 de Madrid no apreció indicios de delito, sin practicar ninguna diligencia de investigación. 

Se interpuso recurso de apelación y en un solo día -sorprendentemente para los plazos que se manejan normalmente- la Audiencia Provincial confirmó entonces el archivo. Luego ha ido cambiando la sensibilidad respecto a estos casos, pero en 2013 los jueces aún no veían delito, no consideraban que hubiera un engaño sistemático, sino que lo trataban como una cuestión puramente civil.

Mientras tanto, el Juzgado de Primera Instancia nº 32 de Madrid tramitaba la ejecución hipotecaria contra esta familia, a instancia de Antonio Serrano Marcos, un supuesto "inversor" que compró el crédito a Arroyo para desahuciar a la familia y quedarse con su vivienda. 

La madre también tiene interpuesta por su parte querella por estafa, que sin embargo no ha conseguido por el momento paralizar la ejecución.

Hoy, cinco años después del comienzo de la ejecución y tras agotar todas las posibilidades que su abogada fue viendo en el procedimiento, llegó el momento de la diligencia de lanzamiento. 

En la puerta de la vivienda se congregaron activistas de organizaciones sociales del distrito de Tetuán -como Tetuán Resiste, Banco de Alimentos, etc.-  y medios de comunicación. Según han informado algunos de los presentes a través de Twitter, ante la situación de la anciana -en cama por enfermedad- la comisión judicial ha aplazado el lanzamiento durante un mes más, fijando nueva fecha para el 28 de abril a las 10 h. 

Esperemos que para entonces se haya podido conseguir la suspension por prejudicialidad penal o por cualquiera de los otros cauces previstos en la ley y pueda detenerse definitivamente esta injusticia, de forma que Arroyo y sus colaboradores no consigan poner a otra familia en la calle para lucrarse con su vivienda.
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Un prestamista de Alicante con siete condenas penales

18 mar 2017 3 comentarios

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante dictó el pasado mes de enero sentencia en la que condenó nuevamente a Francisco José Villanueva Garijo, administrador de la entidad FBJ Villanueva Garijo Hnos. Inversiones y Seguros, S.L., por estafar a unos clientes, aunque absolvió a su hermano y a un trabajador por falta de pruebas de su implicación en los hechos. 

Según la resolución judicial, el prestamista concertó con un matrimonio que le daría un crédito para refinanciar sus deudas. Se firmó un préstamo instrumentado en una hipoteca cambiaria con la garantía de una vivienda en Cieza (Murcia). La letra de cambio era por 70.000 euros, pero los magistrados no consideran creíble que se entregara realmente el dinero, a pesar de la manifestación contenida en la escritura notarial.

Como suele ser habitual en estas tramas, el prestamista endosó a un tercero la letra de cambio para que éste la ejecutara e intentara quedarse con la vivienda de los afectados.

El tribunal ha sentenciado que existe un delito de estafa, por lo que impone al procesado dos años y medio de prisión y el pago de una multa. El procesado ya estaba en prisión, cumpliendo aún otras cuatro condenas por hechos similares. 

Francisco J. Villanueva Garijo a la entrada de la sala de vistas.
(Fotografía: Antonio Amorós, diario Información)
Según los datos que podemos encontrar en el repertorio oficial de sentencias (recuérdese que siempre se reproducen las resoluciones con nombres supuestos) y en medios de comunicación, respecto al administrador único de la citada sociedad:

- La Audiencia Provincial de Alicante le condenó el 21 de octubre de 2011 a un año y nueve meses de prisión por estafa por un préstamo de 13.000 euros que realmente no entregó.

- La misma Audiencia Provincial de Alicante le condenó el 10 de febrero de 2012 a cuatro años y nueve meses de prisión por un delito continuado de estafa agravada a 27 inversores, a los que captó más de un millón de euros para préstamos, con la promesa de un elevado interés. Esto es lo que publicó Información con ocasión de la condena y así lo reflejó Las Provincias cuando el Supremo confirmó el ingreso en prisión.

- La Audiencia Provincial de Alicante le condenó en sentencia de 27 de septiembre de 2012 a un año de prisión por un delito de apropiación indebida de unos 18.000 euros, por quedarse con el sobrante de un capital que había retenido a los prestatarios para el pago de diversas deudas.

- Posteriormente, la Audiencia Provincial de Alicante le absolvió en sentencia de 19 de abril de 2013, por falta de pruebas, de otro delito de estafa a una persona con discapacidad intelectual, en contra del criterio del Fiscal. Por cierto que en estas operaciones al final acaba teniendo intervención el conocido prestamista, investigado judicialmente en numerosas causas, Antonio Arroyo Arroyo, con su empresa Irisán Gestión Hipotecaria. De la petición de penas del fiscal da cuenta esta noticia en Información. 

- Hay al parecer otra absolución de delito de estafa por parte de la Audiencia Provincial de Alicante, a principios de 2016, según se puede leer en La Vanguardia y en La Verdad.

- La Audiencia Provincial de Alicante le condenó en sentencia de 22 de abril de 2016 por un delito de estafa continuada agravada a cuatro años de prisión, por quedarse con más de 800.000 euros de inversores a los que prometía altas rentabilidades. 

- La Audiencia Provincial de Alicante le condenó en sentencia de 17 de mayo de 2016 por un delito de estafa a la pena de un año de prisión por unos 193.000 euros no entregados en operaciones de crédito fraudulentas. La noticia del juicio se publicó en La Vanguardia, 

- La Audiencia Provincial de Alicante le condenó en sentencia de 7 de julio de 2016 por un delito de estafa a la pena de cuatro años de prisión por un préstamo de 72.000 euros, que tampoco entregó ni pagó con ellos las deudas a las que iban destinados

- Y finalmente esta nueva sentencia de la A.P. que comentamos, hecha pública el 24 enero de 2017, en la que se le imponen dos años y medio por estafa por ese préstamo de 70.000 que tampoco entregó. La noticia fue reflejada en ABC, Información, La Vanguardia y La Verdad, entre otros (hablan de cinco condenas porque no tienen en cuenta las más antiguas, seguramente ya cumplidas o canceladas).

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Archivada ejecución hipotecaria de prestamistas

16 mar 2017 0 comentarios

El Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Majadahonda (Madrid), ha acordado el sobreseimiento de la ejecución hipotecaria instada por Altisidora Inversiones, S.L. contra dos víctimas, Ana y Javier, que suscribieron un préstamo extrabancario. El órgano judicial estima íntegramente, en su auto de 9 de marzo de 2017, la oposición que fue formulada en su día y defendida en juicio por el anterior letrado del procedimiento, Carlos Javier Galán, de Alberche Abogados.

Lo más interesante del pronunciamiento es que el juzgador de alguna forma “levanta el velo” de una práctica lamentablemente muy extendida: la de hacer figurar a un particular como falso prestamista en una hipoteca cambiaria, para que parezca un crédito entre particulares en vez de una operación entre profesional y consumidor, y evitar así que se pueda analizar la abusividad de sus cláusulas. El supuesto particular -en realidad un testaferro- endosa seguidamente el título cambiario al verdadero prestamista profesional o a quien éste designe. 

En este caso, el auto judicial dictado por el Magistrado Gerardo Calvo Tello tiene en cuenta que el ciudadano rumano que figura como supuesto prestamista, del que todos los datos apuntan a que es insolvente y a que está ilocalizable, endosó la letra de 53.250,00 € con fecha de apenas dos semanas después de la operación. A dicho ciudadano los prestatarios lo conocieron por primera vez en notaría, pues toda la concertación del préstamo se hizo con una firma supuestamente de intermediación financiera, lo que hace difícil pensar en que estamos ante un préstamo entre particulares tal y como está concebido por el legislador. 

El juzgador tilda de claramente abusivos los intereses de demora del 29 %, que devienen en consecuencia inaplicables, aplicando la jurisprudencia española y europea de protección al consumidor. 

Además, considera también abusivo el valor para subasta impuesto en la escritura, aproximadamente de la tercera parte del valor real del inmueble y sin ninguna tasación objetiva que lo respalde. Declarada nula esta cláusula , al introducir un grave desequilibrio a favor de una de las partes, el título ejecutivo carece de uno de los requisitos esenciales exigidos por la Ley de Enjuiciamiento Civil para la ejecución hipotecaria.

Por todo ello, ordena el sobreseimiento y archivo de la misma, imponiendo las costas del proceso a la ejecutante. El auto no es firme y puede ser recurrido en apelación por la ejecutante.

Los afectados de esta operación de préstamo fraudulento fueron socios de la plataforma Stop Estafadores, que les facilitó en su momento apoyo y orientación como es usual con las víctimas que contactan con la misma. Además, colaboraron en diversas actividades públicas de esta asociación.
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La Audiencia Provincial de Madrid sigue reabriendo causas de la trama Arroyo

12 feb 2017 0 comentarios

Las distintas secciones de la Audiencia Provincial de Madrid continúan ordenando a los Juzgados de Instruccción que no archiven sin investigar las denuncias por presuntas estafas interpuestas por numerosas familias contra el prestamista Antonio Arroyo Arroyo.

En esta ocasión ha sido la sección 23 en un auto en el que ha sido ponente la magistrada M. Ángeles Montalvá la que ha estimado el recurso de apelación interpuesto en nombre de una afectada gallega, Mar, por el letrado de Alberche Abogados Carlos Javier Galán, quien ha destacado en la actuación legal frente a estas tramas en los órdenes civil y penal.

El 13 de abril de 2016 el Juzgado de Instrucción nº 9 de Madrid acordó sobreseer la denuncia interpuesta por esta víctima contra Antonio Arroyo, uno de sus notarios de cabecera, los intermediarios de Credit Garpi y los ejecutores de Publicredit por presunta estafa y otros delitos. 

El recurso de apelación de la denunciante ponía de manifiesto que entre la incoación del procedimiento y el archivo no había mediado ninguna actuación instructora real. 

El instructor consideró que no hubo "engaño suficiente" porque supuestamente la prestataria tuvo a su alcance la escritura y pudo examinar con detenimiento las prestaciones pactadas. El tribunal no considera que ese argumento sea aceptable y recuerda que el Supremo tiene afirmado que "en el tráfico mercantil ha de operarse con unos mínimo márgenes de confianza, que una forzada atrofia del Derecho Penal y en particular de los delitos de defraudación no puede entorpecer, obligando a los particulares a asumir tareas preventivas que, rectamente entendidas, son función de la norma penal". 

"La doctrina a tenor de la cual no hay estafa cuando el error ha sido provocado por la indiligencia del sujeto pasivo resulta inaplicable a casos como el presente", asegura el TS en 3 de diciembre de 2015, con cita de otras muchas. 

Y, de forma muy gráfica, recuerda que, al igual que "un robo sigue siendo un robo aunque la víctima se haya comportado despreocupadamente con sus cosas", una estafa sigue siendo una estafa aunque haya habido relajación del sujeto engañado. "Llevando al extremo la idea de desprotección y, en definitiva, de no merecimiento de la tutela penal que reivindica la víctima de cualquier despojo, podríamos afirmar que aquél a quien se hurta su cartera porque descuidadamente le asoma  del bolsillo del pantalón trasero, aquél que confiadamente se pasea en horas nocturnas en zona especialmente conflictiva o que es objeto de una defraudación porque entrega una tarjeta bancaria para pago en un establecimiento de dudosa reputación, ha de soportar las consecuencias de una acción delictiva". 

Para la Audiencia Provincial en este auto, "la conducta que se denuncia se corresponde con un 'modus operandi' desdichadamente demasiado habitual en determinadas situaciones críticas. Consiste en 'ofrecer' un dinero 'rapido y fácil' (ésta es la publicidad literal) a quien sólo puede estar asfixiado, porque de lo contrario, no se acepta un préstamo con un interés fijo al 8 %, amén del indicado interés de demora [29 %] y con ese brevísimo plazo de devolución [seis meses]; se acepta porque se vive una situación límite y ninguna entidad bancaria presta dinero a quien, por esa razón, se ve obligado a acudir a estas otras vías de financiación alternativa, vías de usura, nada más y también nada menos. Y en el caso concreto que nos ocupa, la denunciante sostiene que las condiciones que inicialmente le ofertaron no son las que firmó, entre las que se halla ese brevísimo lapso para la devolución, lo cual no resulta indiciariamente increible porque ¿quién puede devolver una cantidad prestada al 8 % cuando seis meses antes está acuciado por sus deudas? Desde luego, casi todo es posible, pero es altamente improbable que en tan solo seis meses podamos devolver lo que nos han prestado incrementado con un 8 % si ciento ochenta días antes nos hemos visto obligados a aceptar lo que se nos presentase en un momento en que es harto dificultoso actuar con frialdad". 

El auto subraya que la denuncia pone de manifiesto que "en principio se ofertaron  condiciones diferentes, de donde cabe inferir que en eso además consistió la puesta en escena porque, de haber sabido las que finalmente se volcaron en la escritura, no es increible deducir que la denunciante no se habría desplazado desde su residencia gallega a una notaría de Madrid para firmar en una situación, si cabe, más precaria todavía". Y también recuerda el papel del notario, cuya intervención "no constituye una presunción 'iuris et de iure' sobre la veracidad del contenido del documento". 

Por todo ello, el tribunal, con estimación del recurso, acuerda "la devolución de la causa al juzgado instructor, a fin de que prosiga la investigación para un mayor esclarecimiento de los hechos y las circunstancias que puedan incidir en su correcta calificación". 
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En El Confidencial, desahucio suspendido y regulación de la usura

28 oct 2016 0 comentarios

Publicado en El Confidencial, 23.10.2016 


La Ley que la regula es de 1908 

DESAMPARADOS ANTE LA USURA: “ME QUITAN MI CASA POR UNA DEUDA DE 18.000 EUROS” 

Préstamos rápidos, créditos al consumo, tarjetas de financiación… La oferta de productos financieros crece mientras el marco legal data del Gobierno de Antonio Maura 

Autor: Alfredo Pascual 
Video: Ernesto Torrico 

Miguel Ángel tiene miedo a salir de casa. A sus cincuenta y tantos y a pesar de ir siempre flanqueado por un perrazo, cruce de mastín y pastor alemán, cada vez que escucha un motor en la calle se encierra tras una puerta de metal y llama a su abogado. Lleva meses soñando, entre pesadillas, con este momento, el momento en el que vengan a su casa para desahuciarlo. 

Sobre el asfalto de la calle Fuente Romana, en El Álamo, seis agentes de la Guardia Civil y dos funcionarios del juzgado esperan a que den las 11:30. Los vecinos miran por las ventanas. Una señora lamenta, a lo lejos, que "no se hagan estos despliegues con los auténticos delincuentes", pero los agentes no desvían la mirada de la casa de Miguel Ángel. Dan y media. En ese momento, el agente más cercano al chalé da un paso adelante y llama al timbre. 

— Caballero, tiene que abrirnos la puerta, tenemos una orden de desahucio. 
— Estoy llamando a mi abogado, ha ido a ver a la jueza. Lo último que me dijo es que no abriese. 
— Si no abre tenemos a un cerrajero que lo hará por usted. Vaya atando al perro. 

En este momento Miguel Ángel da un paso atrás y trata de respirar hondo. No puede. Su pareja y su hijo siguen dentro, detrás de las ventanas. Se agarra el pecho tratando de conseguir oxígeno y echa una mirada desesperada a los periodistas que estamos dentro de la casa, como si con nuestras cámaras pudiésemos espantar a las autoridades y pagar su deuda. Y nosotros bajamos la cabeza. Ha llegado el momento. Miguel Ángel y su familia tienen que abandonar el edificio que ha sido su casa los últimos catorce años. 

“Denme solo diez minutos, se lo pido por favor”, suplica Miguel Ángel, aferrándose a un milagro en forma de llamada de móvil. Su abogado, Carlos Galán, se ha presentado en los juzgados para conseguir una moratoria in extremis, pero lo último que sabemos es que la jueza no ha querido recibirle. Los minutos caen como plomo, en silencio, mientras Miguel Ángel y los periodistas nos miramos con los agentes a través del portón de la casa. 

Y, de repente, lo imposible. Un agente se retira a hablar por teléfono y se acerca a la puerta: “Caballero, me comunican que han detenido el desahucio”, le dice a Miguel Ángel que, esta vez sí, parece desfallecer. Tras unos minutos, y todavía con los ojos empañados, recibe a su abogado y juntos se funden en un abrazo. “Esta vez ha estado cerca”, lamenta Miguel Ángel con la voz trémula. Todo ha acabado por hoy, pero dentro de un mes su acreedor volverá a intentar quedarse con la casa. 

“¿Tú te crees que me van a quitar la casa por un crédito de 18.000 euros?”, dice Miguel Ángel. Hace cinco años avaló un crédito hipotecario de su cuñado con su casa y el familiar no solo dejó de pagar, sino que se fugó a Perú. Miguel Ángel, charcutero en una gran superficie, se vio obligado a pedir otro crédito para evitar que el banco se quedase con su domicilio, una casa unifamiliar en El Álamo que, en el cénit del ladrillazo, llegó a tasarse por 600.000 euros. Ahora vale en torno a 400.000. Intentó pedir otro crédito para pagar el anterior, pero Bankia le había inscrito en la lista de morosos y todos los banqueros se negaron a hacerlo. Así que recurrieron a los préstamos privados. Su mujer hizo una búsqueda en internet y fue a topar con el primer resultado, que no es otro que el célebre Antonio Arroyo, también conocido como ‘El gran usurero’. 

Arroyo, primer prestamista inscrito en España, es un personaje polémico que ha ejecutado a más de 90 familias, mientras que las asociaciones de afectados hablan de otras 3.000 personas en problemas con este prestamista. La mayoría denuncia que Arroyo les obligó a avalar el crédito con su casa y que, una vez concedido, nunca les dio la posibilidad de devolverlo. “Les llamé un montón de veces y nunca me cogían el teléfono. Incluso quedé con ellos, cuatro o cinco veces, y nunca acudieron a la cita. Lo que querían, como es obvio, no era que yo devolviese el dinero, sino quedarse con mi casa por poquísimo dinero”, dice el propietario. Arroyo, que tiene derechos sobre más de 500 fincas por toda España, ha sido detenido tres veces, pero sigue libre y operando. 

Miguel Ángel no se preocupó ni siquiera de preguntar por la tasa de demora del préstamo. Se reunió con el equipo de Arroyo en una notaría de la calle Buen Suceso, en Madrid, y firmó los papeles sin hacer muchas preguntas. Necesitaba el dinero. No sabía que se estaba comprometiendo a pagar unos intereses de demora del 29%, un porcentaje que la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo ubica por encima del umbral de la usura. “No me atendieron durante los primeros meses y, un día de repente, me llamó la secretaria de Arroyo para decirme que les debía 40.000 euros”, dice Miguel Ángel, cuya casa ha salido a concurso público sin avisarle. 

Una ley con 108 años 

En realidad, en España la usura no es una figura penal. La ley que la regula data de 1908 y no establece márgenes claros para identificar cada caso. El texto legal, impulsado por el diputado y filósofo Gumersindo de Azcárate durante el primer Gobierno de Antonio Maura, reza así: “Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquel leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales”. Imponía, además, unas multas de entre 500 y 5.000 pesetas para los usureros, que fueron derogadas en 1995 por el socialista Juan Alberto Belloch. 

El texto identifica, según juristas consultados, tres tipos de usura. La que surge de la imposición de unos intereses desproporcionados, siempre interpretables, la que se da por la existencia de cláusulas leoninas en el contrato —normalmente en los plazos de devolución— y, por último, la que emana de la entrega de un capital inferior al escriturado. "Es muy habitual que los prestamistas privados te entreguen mucho menos dinero del que pone en el contrato. Es una de las formas de estafa más habituales en estos casos", dice el abogado. 

Todas las fuentes consultadas coinciden en que el marco legal es débil en la defensa del consumidor. "Los españoles están completamente desamparados ante la usura. Es que el mismo concepto es problemático, porque no se fijan unos márgenes aceptables en ninguna ley. No hay control de la Administración sobre estos establecimientos financieros, ni tampoco de las comunidades autónomas", lamenta Rubén Sánchez, portavoz de la agencia de consumidores Facua. "El sector está muy mal regulado. La banca pase, porque tiene al Banco de España, pero con los establecimientos financieros, y no quiero ya ni mencionar a los prestamistas privados, eso es la jungla. La ley de 1908 es escueta y poco específica", considera el letrado especilista en préstamos Carlos Galán. 

En España, un prestatario que se sienta estafado no tiene vías extrajudiciales a las que acudir. Los institutos de consumo autonómicos, el Banco de España o la CNMC no tienen potestad para emitir veredictos vinculantes y mucho menos declarar un contrato de préstamo nulo. La única solución es acudir al juzgado. Para Adicae, (Asociación de Usuarios de Bancos y Cajas), "urge establecer unos criterios comunes ante la dispersión legislativa del sector, todo un ‘coladero’ para una gran variedad de empresas y productos sin control que abusan del consumidor. Los créditos al consumo ofertados por bancos y establecimientos financieros de crédito (EFC) –supervisados por el Banco de España– conviven con productos como los microcréditos, que cualquier sociedad mercantil puede comercializar, siendo libre de imponer cláusulas abusivas y precios fraudulentos sin supervisión alguna".

¿Significa esto que la usura no pasa factura en España? No exactamente. De hecho, en los últimos meses, diversos juzgados han recuperado la ley Azcárate para anular créditos y líneas de financiación diversas. La sentencia más importante, en tanto que crea jurisprudencia, es la emitida por el Supremo a finales del año pasado, cuando el Pleno de la Sala Civil del alto tribunal concluyó que “los créditos que dupliquen el interés medio del mercado deben ser considerados usurarios y, por tanto, nulos”. Se trataba de un crédito al consumo con un interés del 24,6% TAE por el que un cliente que obtuvo 25.634 euros de préstamo fue penalizado con unos intereses de 18.568 euros. 

Los límites de la usura 

La sentencia del Supremo es una luz al final del túnel para los consumidores en tanto que sugiere límites en los intereses: concretamente establece un máximo del doble del interés medio del mercado para la remuneración del crédito y en el interés más dos puntos para el de demora, en caso de retrasarse el pago. El alto tribunal es especialmente duro con las financieras al considerar que el alto riesgo de impago, derivado de los escasos requisitos que se exigen a los clientes, no puede ser defendido por la ley: "Con la concesión irresponsable de préstamos al consumo a tipos de interés muy superiores a los normales, que facilita el sobreendeudamiento de los consumidores y trae como consecuencia que quienes cumplen regularmente sus obligaciones tengan que cargar con las consecuencias del elevado nivel de impagos, no puede ser objeto de protección por el ordenamiento jurídico". El Banco de España considera que los intereses de los créditos al consumo deben oscilar entre el 6% y el 8%. 

Así, muchos juzgados de primera instancia y provinciales han comenzado a agarrarse a esta doctrina para tumbar créditos que en el pasado se consideraban legales. Este mismo mes, la jueza Marta Iturrioz, titular del juzgado de Primera Instancia número 3 de Fuenlabrada, sentenció que la financiera de El Corte Inglés incurre en prácticas "abusivas y usureras". Iturrioz anuló la deuda de un cliente, denunciado por El Corte Inglés, por establecer unos intereses de demora del 18% cuando en el momento del crédito, en 2011, el interés medio se situaba en el 4%. Días antes, el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Madrid tumbó un préstamo del gigante francés Cofidis. El sumario asegura que un crédito de 1.200 euros se convirtió, a los cuatro años, en una deuda de 7.888 euros merced a unos intereses del 21% TAE y a unas cláusulas por demora abusivas. 

Las cifras del Banco de España muestran que el crédito concedido a los ciudadanos subió en 2015 después de cuatro años de caídas. Basta escuchar la radio o poner la televisión a primera hora del día para comprobar que las empresas de microcréditos y préstamos rápidos han regresado a nuestras vidas. Pero, en el actual momento jurídico, algunos de los intereses que cobrabran en el pasado pueden ahora considerarse usura.


Podríamos clasificar los créditos rápidos en cuatro categorías principales: los préstamos personales, las tarjetas de crédito, los créditos rápidos y los minicréditos. Los préstamos personales, a menudo controlados por la gran banca, se consideran el producto más seguro para el consumidor, ya que permite obtener las mayores cantidades a un interés medio del 12,5-13,5%. Las tarjetas de crédito son una opción intermedia: la financiación es automática (hasta un límite), pero tiene unos intereses medios cercanos al 27%, más del doble del interés medio del mercado. No obstante, los productos con más papeletas para obtener reveses judiciales en los próximos tiempos son los créditos rápidos y los minicréditos. Suelen ser ofertados por las mismas compañías, pero los minicréditos tienen una peculiaridad: no pueden superar los 200 euros. Es el límite, señala Adicae, para que no se les aplique la Ley de Crédito al Consumo.


Algunos de estos préstamos, denuncian Adicae y Facua, alcanzan entre el 3.500% y el 4.500% de intereses anuales. Este tipo de entidades, conocidas como establecimientos financieros, no se someten a la regulación del Banco de España, sino que solo tienen que registrarse en Consumo, dependiente del Ministerio de Sanidad. "En teoría las comunidades autónomas también deberían disponer de un registro de prestamistas, lo dice la ley 2/2009, pero, si alguna lo tiene, no está disponible telemáticamente para ser consultado, que era su utilidad final", dice Carlos Galán.

Distintos expertos consultados señalan dos tipologías de consumidor de estos productos con una misma urgencia: la desesperación. "Son normalmente padres de familia que no llegan a fin de mes y se agarran a un clavo ardiendo, sin mirar las consecuencias de lo que firman. Por otra parte también tenemos a muchas personas afectadas por ludopatía que necesitan dinero para jugar a toda costa". Una vez firmado el crédito, sobre todo ante notario, no queda más que pagar las cuotas o acudir a los tribunales. "Los microcréditos se valen de que lo que se paga por intereses es poco, porque los préstamos son pequeños, y no merece la pena denunciar", dicen desde Facua. 

¿Penal o civil? 

Si finalmente decide denunciar, tendrá que armarse de paciencia, porque tampoco hay acuerdo a la hora de escoger una vía judicial. El abogado Ignacio Monreal, que colabora con la plataforma de afectados Stop Estafadores, presume de haber ganado los 12 casos que ha llevado sobre préstamos usureros. ¿Su secreto? Acudir a la vía civil. "Yo no conozco a ningún prestamista al que se le haya condenado por estafa, sobre todo si por el medio hay una firma ante notario. Como mucho la vía penal consigue frenar un desahucio, pero no está sirviendo para condenar al prestamista y, sin eso, no se consigue la nulidad del contrato de préstamo. Es muy difícil probar el engaño", explica Monreal. 

En su opinión, "la ley Azcárate sirve perfectamente para obtener nulidades de contrato por la vía civil. Basta con que se hayan cobrado los intereses al principio, por ejemplo, que es una práctica habitual entre los prestamistas, o demostrar que las tasas de demora son desproporcionadas para obtener la nulidad. Es una vía poco explotada y que es muy efectiva", sentencia Monreal, no sin antes recordar, orgulloso, que el año pasado consiguió recuperar la vivienda de uno de sus clientes que había incluso entregado las llaves a su acreedor. 

Por su parte Galán, también colaborador de la plataforma, aporta matices al discurso de su colega. "Las dos vías son complementarias, se pueden aplicar a la vez. Yo prefiero la vía penal porque tiene una ventaja: que desde que empieza el proceso, se para la ejecución hipotecaria, que suele ser el objetivo principal de cualquier cliente. Por otra parte, es cierto que con la vía civil se puede obtener una nulidad del contrato, pero eso exige que se devuelva el préstamo sin intereses, y no todas las personas pueden permitírselo", zanja.


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El intento de desahucio de Miguel Ángel, en Telemadrid

22 oct 2016 0 comentarios

El suspendido desahucio de Miguel Ángel, víctima de la red del prestamista Antonio Arroyo, fue seguido in situ por las cámaras de Aquí en Madrid, el magazine que presentan Goyo González y María Gracia en Telemadrid. 

El reportaje, emitido la misma tarde, refleja la tensión vivida y recoge el testimonio del afectado y declaraciones del abogado Carlos Javier Galán. Ya en directo el redactor José Ángel Leiras intenta pedir explicaciones al usurero, sin conseguirlo como era previsible.

Éste es el video completo de ese reportaje: 

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Suspendido provisionalmente desahucio de víctimas de usurero

19 oct 2016 0 comentarios

Hoy a  las 12 horas, la Comisión judicial ha dado por suspendido el intento de lanzamiento de Miguel Ángel, por no poder materialmente acceder al inmueble. Los funcionarios estaban acompañados de un vehículo patrulla de la Policía Local, dos vehículos con efectivos de la Guardia Civil y un cerrajero. Estaban presentes en el acto las cámaras de Telemadrid (Aquí en Madrid) y Telecinco (El programa de Ana Rosa), además de periodistas de El Confidencial. Y toda la mañana ha estado haciendo seguimiento del caso la asociación Stop Estafadores, coordinando apoyos a la familia y dando información al minuto a muchos afectados de toda España que estaban pendientes del desenlace.

Al parecer, la letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Navalcarnero, pretende fijar en breve nueva fecha y acudir con mayores efectivos policiales para de echar a la familia por la fuerza. 

Mientras tanto sigue no ya sin resolver sino sin siquiera admitir a trámite el recurso interpuesto por el abogado Carlos Javier Galán contra la diligencia de ordenación por la cual la citada secretaria judicial inadmitió a trámite un incidente extraordinario de oposición a la ejecución hipotecaria. 

El recurso se fundamenta en la manifiesta incompetencia de la funcionaria que dicta la resolución, puesto que quien tiene facultades es únicamente el juez. Y en que se está aplicando un plazo que ha sido declarado expresamente nulo por sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 29 de octubre de 2015. 

Desde primera hora de la mañana el letrado ha estado en el Juzgado intentando la suspensión cautelar del lanzamiento hasta que se resolvieran estas cuestiones legales, por entender que ha de primar los derechos constitucionales y que no es lógico echar primero a la calle a una familia y después examinar la legalidad de la medida. 

En el caso de Miguel Ángel, la Audiencia Provincial de Madrid considera probado que no recibió todo el capital y, sin embargo, esta ejecución se despachó en su día por la cifra total. Además, se aplicó un interés de demora del 29 % que contraviene los criterios del Tribunal Supremo. Y se adjudicó una vivienda tasada en 300.000 € por la ridícula cifra de 30.000 a unos “inversores” vinculados a la conocida trama del prestamista Antonio Arroyo. 

El caso llegó al despacho Alberche Abogados ya muy avanzado y con muchos trámites precluidos, pero se está intentando luchar jurídicamente siguiendo la tesis del TJUE y del Supremo español, que consideran que “la tutela del consumidor prevalece sobre cualesquiera cuestiones relativas a procedimiento o plazos” y que el juzgado tiene que analizar incluso de oficio las cláusulas abusivas sea cual sea el momento procesal en el que se plantee la cuestión.
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El miércoles ¿se llevará a cabo un desalojo ilegal?

17 oct 2016 0 comentarios

El próximo 19 de octubre a las 11’30 horas, el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Navalcarnero tiene previsto el desalojo de Miguel Ángel, su pareja y su hijo de su casa de El Álamo, un chalet que con mucho esfuerzo adquirieron y que unos “inversores” vinculados a la red del prestamista Antonio Arroyo Arroyo se adjudicaron por la ridícula cifra de 30.000 €.
 
El actual abogado del demandado, Carlos Javier Galán, al que el asunto ya llegó muy avanzado, ha presentado un incidente extraordinario de oposición por cláusulas abusivas y la letrada de la Administración de Justicia lo ha inadmitido a trámite mediante diligencia.
 
El abogado sostiene, en el recurso que ha interpuesto, que la inadmisión es competencia del juez y no de la secretaria judicial. Y que, además, se está aplicando indebidamente un plazo que ya fue declarado nulo por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia del 29 de octubre de 2015. También el Tribunal Supremo español tiene establecido que “la tutela del consumidor prevalece sobre cualesquiera cuestiones relativas a procedimiento o plazos” y que el juzgado tiene que analizar incluso de oficio las cláusulas abusivas sea cual sea el momento procesal en el que se plantee la cuestión.
 
La defensa del afectado ha pedido algo que considera “sumamente razonable” y es que se suspenda el lanzamiento de la familia cautelarmente, al menos mientras se resuelve el recurso, porque “en el más que probable caso de estimarse el mismo por el juzgado o por instancias superiores, el daño causado ya sería dramático y de imposible reparación”.
 
En este caso, la Audiencia Provincial dictó un auto en el que reconocía literalmente que “las diligencias practicadas han arrojado luz sobre una cuestión que ya se apuntaba como cierta y es que el investigado Antonio Arroyo mintió descarada y abiertamente en su declaración como imputado, al afirmar que el denunciante sí recibió el importe total del préstamo”.
 
Además de no recibirse todo el capital que constaba en escritura, la operación está sujeta a un interés de demora de nada menos que el 29 %, cifra considerada abusiva con los criterios del Supremo.
 
Por ello el letrado del demandado quiere que se revise la posible usura y la abusividad de las cláusulas “porque es el deber del órgano judicial antes de poner a una familia en la calle vulnerando sus derechos fundamentales”.
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Sentencia declarando nulidad de préstamo por usura

15 sept 2016 4 comentarios







Nuevo revés judicial para el controvertido usurero Antonio Arroyo Arroyo: el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz) ha dictado sentencia declarando "nulo de pleno derecho" el préstamo hipotecario que suscribió en su día con una de sus numerosas víctimas, Gracia, actualmente delegada de la asociación Stop Estafadores en la Comunidad autónoma andaluza.

La resolución judicial analiza globalmente las condiciones de la operación, considerando que “nos hallamos ante un préstamo en el cual se estipuló un interés notablemente superior al normal del dinero”, además de que en la escritura “se consideró como entregada una cantidad superior a la realmente recibida por la prestataria”. A estos dos factores se suma “el exiguo plazo concedido para la devolución” y “la constitución de una garantía hipotecaria” sobre la vivienda de la afectada.

La valoración conjunta de estos factores lleva al juzgador a aplicar la vieja Ley Azcárate contra la usura del año 1908, aún en vigor, lo que tiene como consecuencia la nulidad del contrato y que la prestataria tenga que devolver sólo lo realmente percibido y sin intereses de ningún tipo.

La sentencia, que estima la demanda redactada por el abogado de Pamplona Ignacio Monreal, ordena la cancelación de la inscripción de la hipoteca sobre la casa de la demandante y condena a Antonio Arroyo al pago de las costas procesales. La resolución no es firme, dado que puede aún ser recurrida en apelación.
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AP Madrid confirma absolución de presidente de Stop Estafadores

6 ago 2016 0 comentarios

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la sentencia absolutoria del Presidente de la asociación Stop Estafadores, Juan Puche, del supuesto delito de injurias con publicidad del que le acusaba el oficial de la notaría Usera y Sanz, una de las más utilizadas en nuestro país por las tramas de préstamos presuntamente fraudulentos.

En 2014, Puche había publicado un post en un blog personal Alerta Trama Estafadores, dedicado a informar de estas prácticas, que el aludido consideró injurioso, por lo que interpuso querella.

En su escrito solicitó una condena de días-multa equivalente a unos 42.000 €, más una indemnización de 20.000 € por pretendida lesión de su honor.

El letrado Carlos Javier Galán, director de Alberche Abogados y asesor legal de la asociación, se encargó de ejercer la defensa ante el Juzgado de lo Penal nº 21 de Madrid, que tras la celebración del juicio dictó sentencia absolutoria.

Consideró la resolución judicial que no existía ánimo de injuriar, sino una intención de crítica y de información a otros posibles afectados.

El querellante interpuso recurso de apelación, que ha sido resuelto ahora por la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Madrid.

Contestando los argumentos de su recurso, la sentencia recuerda al apelante que no es el procesado quien está obligado a probar su inocencia sino que, por el contrario, la carga de la prueba recae sobre el que acusa.

Afirma la Audiencia Provincial, en sentencia de la que ha sido ponente la magistrada Gemma Gallego, que “la consideración del apelante de que nos encontramos ante un delito de injurias, resulta ser una calificación interesada y parcial, frente a la que la sentencia –y esta Sala- considera como un artículo de opinión". 

Recuerda que el artículo publicado por Juan Puche está “elaborado en un contexto judicializado, en el que resultó perjudicado el acusado” por una presunta estafa que tiene denunciada, constatándose “otras 87 denuncias y querellas presentadas” por distintas familias contra personas que directa o indirectamente están“relacionadas con la Notaría de la que es oficial el querellante”. 

El tribunal subraya los “acertados fundamentos“ que despliega la sentencia recurrida en su análisis y asegura que tampoco “se aprecia error alguno al abordar las cuestiones fácticas y jurídicas”. 

Por todo ello, acuerda desestimar el recurso de apelación y confirmar la sentencia absolutoria, que alcanza así firmeza.
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